CAMBIO DE NORMATIVA 8 DE DICIEMBRE DE 2019

La norma, que entró en vigor el 8 de diciembre de 2009, establece en su Anexo VII que, para el permiso de la clase A2, se deben usar «motocicletas de dos ruedas simples de, al menos 16 pulgadas en la rueda delantera, sin sidecar».

Y añade que «si están propulsadas por un motor de combustión interna, deberán tener una cilindrada no inferior a 395 cm3, una potencia no inferior a 20 kW ni superior a 35 kW y una relación potencia/peso no superior a 0,2 kW/kg».

El Reglamento ofreció un plazo de diez años para la actualización de los mencionados vehículos y  este  concluye, como dijimos arriba, el 8 de diciembre.

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